lunes, 28 de agosto de 2023

Reclamaciones, reparos y observaciones a la Cuenta General 2022 de la Mancomunidad de Servicios Sociales



Hoy hemos presentado el siguiente escrito sobre la Cuenta General 2022 de la Mancomunidad de SS y Mujer La Maliciosa 

Dª Esperanza Gallut Sañudo, con N.I.F. XX.XXX.XXX-X, con residencia en la calle Xxxxxx xx xxxxxxxx, núm. xx del municipio de Guadarrama, Madrid, C.P. 28440, y concejal portavoz del Grupo municipal UNIDAS POR GUADARRAMA, con NIF V-88434766, con sede en Plaza Mayor, s/n del municipio de Guadarrama, Madrid, C.P. 28440 y correo electrónico a efectos de notificaciones unidasporguadarrama@gmail.com,

LEGISLACIÓN APLICABLE

Será de aplicación al asunto que nos ocupa, la siguiente legislación:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), artículo 212.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
  • Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la formación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público, artículos 21, 47, 50, 56 y Anexo.
  • Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local (ICAL).
  • Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero, sobre contratos menores, regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

EXPONE

Que corresponde a sus funciones el control y la fiscalización del Ayuntamiento de Guadarrama y de las entidades en las que participe.

Que con fecha 10 de agosto de 2023 se ha publicado en el BOCM la exposición al público del expediente de la Cuenta General del ejercicio 2022 siendo puesto a disposición en el portal de Transparencia para reclamaciones, reparos u observaciones que se tengan por convenientes en fecha posterior.

Que una vez analizados los documentos facilitados sobre la Cuenta General de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa del ejercicio 2022 estando en periodo de exposición púbica en el Portal de Transparencia https://mancomunidad-lamaliciosa.sedelectronica.es/transparency/e42a3853-555e-4c8a-8aa 4-755d90ed52b5/, y en virtud del artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y del artículo 23 de la Constitución española, viene a presentar las siguientes,

 RECLAMACIONES, REPAROS Y OBSERVACIONES A LA CUENTA GENERAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER LA MALICIOSA DEL EJERCICIO 2022

1.- Entre los documentos que forman la Cuenta General del ejercicio 2022 no existe una memoria consolidada que explique las modificaciones con respecto al ejercicio anterior.

RECLAMACIÓN, REPARO U OBSERVACIÓN: Las normas para la formación de cuentas anuales en el ámbito del sector publico recogidas en la legislación vigente (art. 21 de la HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local y los arts. 47, 50, 56 y el Anexo de la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la formación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público) establecen la obligación de incluir en el expediente de la Cuenta General la memoria consolidada, donde se deberá informar cuando las cifras del ejercicio no sean comparables con las del ejercicio anterior, bien por haberse producido una modificación en la estructura de las cuentas, bien por realizarse un cambio de criterio/estimación contable o subsanación de error o bien porque se ha producido una reorganización administrativa.

Si bien no se ha producido una modificación de la estructura significativa sí se han producido modificaciones en el ejercicio 2022 con respecto al ejercicio anterior que merecen mención en una memoria consolidada como la modificación de la plantilla de personal, los nuevos ingresos generados por las personas mayores usuarias del Programa de Prevención de la Dependencia y la Autonomía, y se han creado nuevas partidas de gasto como la de ATENCIONES PROTOCOLARIAS. Al no existir una memoria consolidada en la Cuenta General del ejercicio 2022, tampoco podemos conocer el motivo por el que la cuantía del gasto en ayudas de EMERGENCIA SOCIAL no supera el 63,90% de la estimación de crédito para el ejercicio, esto es, más del 36% del importe destinado a estas ayudas no se utilizó.

2.- Durante el proceso de contratación en la compra de cestas de Navidad para el personal no se han seguido los requerimientos de una contratación menor al solicitar un (1) único presupuesto y restringir la contratacion a un (1) único municipio. El gasto generado por obsequios navideños a los trabajadores como uso y costumbre en el tiempo debe contabilizarse como RETRIBUCIONES EN ESPECIE.

El 12 de enero de 2023 la Comisión de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa se reúne en sesión ordinaria y la Presidenta da cuenta del Decreto 70/2022 de fecha 21 de diciembre de 2022 por el que aprueba la Propuesta de Gasto no 63/2022 de la Directora de los Servicios Sociales para la adquisición de Cestas Navideñas para el personal de la Mancomunidad, por un importe de 1.620,14€, IVA incluido, sin que en el Acta de la sesión conste el concesionario del contrato ni tampoco con cargo a qué aplicación presupuestaria se aplica el gasto.


El año anterior por las mismas fechas, concretamente el 13 de enero de 2022, la Comisión de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa se reunió en sesión ordinaria y la Presidenta dio cuenta del Decreto 253/2021 de 21 de diciembre por el que aprobó, a propuesta de la Directora de Servicios Sociales, la formalización del contrato menor para la COMPRA DE (29) CESTAS DE NAVIDAD (PARA) PERSONAL DE LA MANCOMUNIDAD, por un importe de 1.740,00€ IVA incluido con cargo a la aplicación presupuestaria 231.22000 MATERIAL NO INVENTARIABLE. Se aporta al expediente un único presupuesto.

El informe favorable del secretario-interventor de la Mancomunidad justifica la contratación menor de conformidad por ser una costumbre o tradición el que cada año un concejal o concejala “decide” el establecimiento de su municipio en el que se hace la compra.

RECLAMACIÓN, REPARO U OBSERVACIÓN: La contratación no cumple con la legislación vigente en el sector público para los casos de contratos menores pues es necesario que la Administración contratante solicite tres (3) presupuestos, y en su defecto justificar por qué no se solicitan esos presupuestos (Instrucción 1/2019, de 28 de febrero de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación).

La justificación del uso y costumbre adquirido en el tiempo de que la decisión del establecimiento de compra recaiga cada año en un concejal o concejala de Servicios Sociales de un municipio concreto no se contempla en la legislación vigente sobre contratación pública.

RECLAMACIÓN, REPARO U OBSERVACIÓN: Respecto al gasto, la compra de las cestas de Navidad para el personal puede motivarse con el uso o costumbre adquirido en el tiempo, pero entonces debe contabilizarse como RETRIBUCIONES EN ESPECIE en la cuenta OTROS GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL.

Según la normativa los organismos públicos pueden tener detalles considerados de cortesía con los trabajadores y trabajadoras por su buen trabajo pero las cestas de Navidad, en la medida en que forman parte de los usos y costumbres de la Mancomunidad (es decir, se repiten en el tiempo) con respecto a su personal, se entiende como un derecho adquirido del trabajador o trabajadora, por tanto el concepto debe tener el tratamiento de retribución en especie del trabajo. El valor de la cesta de navidad debería pasar a integrar la base de cotización del empledo o empleada.

SOLICITA

Se den por presentadas las reclamaciones, reparos u observaciones para su consideración ante las irregularidades contables expuestas que imposibilitan dar por válida la Cuenta General del ejercicio 2022 tal y como ha sido expuesta al público.


En Guadarrama, a 28 de agosto de 2023